Cómo ganar licitaciones de vending: suben los precios del café y se impone el comercio justo

Cómo ganar licitaciones de vending: suben los precios del café y se impone el comercio justo

 

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Los cambios que trae la Ley de Contratos del Sector Público

HOSTELVENDING.com 14/09/2018.-  Y unos meses después de que la Ley de Concursos Públicos entrase en vigor, cabría esperar que las distintas administraciones públicas hubiesen empezado a aplicar ciertos cambios en pos de unas licitaciones para el vending que empezasen a primar criterios éticos y se alejasen de los estrictamente económicos.

Nada más lejos de la realidad, España se mantiene en la senda de la arbitrariedad, la rentabilidad y una gestión en materia de concursos públicos que poco tiene que ver con la ética que se le presupone al sector.

Según estipulaba la Ley 9/2017 Ley de Contratos del Sector Público en la parte que afectaba al vending, aún cabía esperar una mejor relación calidad-precio con una subida generalizada de los estándares de la calidad, algo que según el texto entraría en “la obligación de los órganos de contratación de velar por que el diseño de los criterios de adjudicación permita obtener servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato”.

De hecho, a partir de la entrada en vigor de la normativa, supuestamente en los contratos de los alimentos el 51% de la puntuación asignable estaría relacionado con la calidad de los productos, aunque realmente el texto se mostró bastante más ambiguo, hablando de relación “calidad-precio”, abriendo la puerta a ofrecer primeras marcas pero de productos no saludables, por ejemplo.

Al mismo tiempo, la legislación pretendía huir de las ofertas que fuesen demasiado baratas ya que supondría una vulneración de la libre competencia, algo que en el vending debería haberse traducido en el fin del café a 40 céntimos.

Finalmente, la Ley 9/2017 establecía criterios de desempate éticos, mencionando, entre otros, el comercio justo, las iniciativas de carácter social y una RSC dentro de la empresa para con los trabajadores.

La pregunta es, de todos los aspectos abordados por la ley, ¿cuáles se están llevando a la práctica?

Para responder a esta incógnita, Hostelvending ha analizado algunas de las licitaciones para máquinas expendedoras lanzadas desde la puesta en marcha de la normativa. Estos han sido algunos de los resultados:

 

Criterios económicos,  igual pero distintos

El famosísimo canon parece estar relajándose en las licitaciones y deja de ser una constante para todos los concursos. No obstante, la tendencia a la baja en los precios de los productos sigue machacando la oferta de las expendedoras, dando lugar a licitaciones en las que “el mejor precio” tiene entre el 40% y 100% de la licitación ganada, eso sí, ateniéndose a los criterios estipulados por el organismo competente y que supuestamente garantizan un vending “más ético”.

Aún así, todavía es posible ver cómo hay concursos donde el canon alcanza cifras astronómicas, como los más de 9.000 euros anuales exigidos por el Hospital Universitario de Canarias, en tanto que en otras dependencias como Xeraco, el Canon equivaldría a un aproximado de 20 euros mensuales por cada máquina (lo suficiente para cubrir el coste de los suministros).

 

No más café a 40 céntimos, ¡mejor a 60!

El torrefacto siempre va a ser más barato que el tueste natural, y un blend de arábica y robusta siempre va a ser más económico que uno 100% arábica.

Supuestamente, las administraciones deberían haber intentado subir los estándares de calidad en el café, y aunque algunas ya se han pronunciado en torno al torrefacto y exigen un mínimo de calidad, como la última licitación para varios edificios del Área Metropolitana de Barcelona, la realidad es que la mayor parte de los organismos públicos olvidan este detalle y se centran en los precios.

De hecho, resulta llamativo como Barcelona incluye una referencia y una marca concreta donde ya está fijando “el mínimo” que deben cumplir los operadores de vending, en tanto que el resto de licitaciones que están saliendo hasta la fecha mantienen el precio a la baja del café con cifras que rondan los 60 y 70 céntimos, una cifra relativamente baja aunque supone una pequeña subida con respecto a lo que estábamos experimentando.

 

Ética empresarial: comercio justo y medio ambiente

Algo que sí se ha cumplido de una forma más o menos constante en las licitaciones para vending son los criterios éticos.

Que un porcentaje de los trabajadores tenga alguna discapacidad se ha convertido en una constante para ganar puntos en los concursos, aunque lo realmente sorprendente es el peso que ahora están consiguiendo los productos de comercio justo y aquellas prácticas que sean sostenibles con el medio ambiente.

Por la parte del comercio justo, podemos encontrar algunas licitaciones que lo incluyen como algo obligatorio para el café, en tanto que la vertiente más ecológica se decanta por el uso de envases sostenibles (caso de Barcelona) o la posibilidad de incluir contenedores de reciclaje para ganar puntos (Universidad de Zaragoza).

Además, se está teniendo en cuenta que las máquinas sean plenamente accesibles para discapacitados, algo que, a priori, debería ser siempre obligatorio dependiendo de cada Ley de Accesibilidad en cada comunidad autónoma.

 

Vending saludable… más polémica aún

El vending saludable se trata de un problema constante en cualquier licitación pública, y es que a falta de un criterio capaz de homogeneizar lo que cada uno entiende por “saludable”, aún impera el arbitrio de cada administración a la hora de proponer una oferta, donde siguen imperando las “primeras marcas” de productos ultraprocesados e industriales, y donde todo lo que se refiera a “alimentación saludable” es algo así como “productos no demasiado perjudiciales” o “sin alérgenos”, una confusión que desde hace tiempo es muy habitual.

Entre los casos analizados podemos destacar el de la Universidad de Zaragoza, que se atiene estrictamente a los criterios de AECOSAN para azúcares, sales y grasas saturadas; o el del Hospital Universitario de las Islas Canarias, que entiende que un refresco sin azúcar o una galleta ultraprocesada baja en grasas es automáticamente algo “saludable”.

En el peor de los casos, como puede ser una licitación para varios edificios dependiente de la Administración Central en Xeraco, simplemente se mencionan algunos alimentos que potencialmente pueden ser saludables (como frutos secos), aunque sin más detalles ni pautas que puedan favorecer la implantación de un vending saludable.

 

Medios de pago: las tarjetas de crédito son una obligación

Otro aspecto llamativo es la exigencia del Pago con Tarjeta de crédito, algo que hasta la fecha no era demasiado frecuente. Todavía no se hace obligatorio la inclusión de medios de pago móvil, algo que ni siquiera aparece referido en los pliegos, aunque ya se está solicitando cierto rigor y eficiencia en lo que respecta a los medios de pago en general.

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