Italia plantea la inclusión de una oferta mínima dirigida a celíacos en todas las expendedoras

Italia plantea la inclusión de una oferta mínima dirigida a celíacos en todas las expendedoras

La oferta de productos sin gluten ya es obligatoria en las expendedoras

HOSTELVENDING.com 16/11/2018.- Hace tan solo unos días nos hacíamos eco y analizábamos con la ayuda de la Asociación de Celíacos de la Comunidad Valenciana, el cambio normativo que entrará en vigor el próximo 22 de diciembre y obligará a ofrecer productos sin gluten en las expendedoras de centros públicos.

Se trata de una normativa pionera en España que ahora tiene su réplica en Italia, un país con un índice de penetración del vending mayor.

La proposición de Ley se plantea por la necesidad de ofrecer más opciones a los consumidores intolerantes al gluten que encuentran verdaderos obstáculos cuando tienen que comer fuera de casa.

No solo se ve afectada la venta automática, también tendrán que incluir nuevas alternativas en su oferta los restaurantes y otros espacios de restauración.

El hecho de plantear una Ley a nivel estatal evita lo que va a suceder en la Comunidad Valenciana, obligando a su cumplimiento en todo el país y estableciendo las mismas reglas para todas las empresas.

"Nuestra propuesta quiere estandarizar la posibilidad de comprar productos sin gluten también en tiendas y farmacias, con la tarjeta de salud, y planea especificar el contenido de gluten en los etiquetas, pero también capacitar a los restauradores y aquellos que trabajan en instalaciones turísticas y hoteleras. Hasta la fecha aún no es obligatorio proporcionar alimentos sin gluten en los menús. Y esto también ocurre en aeropuertos, estaciones, bares y máquinas expendedoras en hospitales, escuelas o universidades, e incluso para servicios de catering en trenes o en aviones", explicaba la diputada Elena Murelli.

El artículo 1 recoge la necesidad de formar profesionalmente a todos los operadores que forman parte del personal sanitario, pero también a los que trabajan en restauración, turismo y hoteles.

Es el artículo 3 el que recoge una declaración expresa para obligar a las expendedoras a ofertar un mínimo de productos sin gluten, dando un plazo de adaptación de 3 meses desde la aprobación normativa.

El número de personas que han desarrollado la enfermedad celíaca en Italia está aumentando constantemente: el Ministerio de Salud afirma que en 2016 había alrededor de 200 mil celíacos, pero se estiman al menos 600 mil personas no declaradas.

El objetivo es facilitar el acceso de estas personas a alimentos y bebidas especialmente diseñados, teniendo en cuenta las necesidades que se pueden producir en determinados espacios, por eso, la obligación se reduciría a las máquinas instaladas en espacios públicos.

Sin desarrollo

Como sucede en España, nada se aporta sobre cómo se tienen que identificar estos productos en las máquinas, algo muy importante para el consumidor que no tiene por qué saber qué marcas o que alimentos no contienen gluten.

Por el momento, la industria del vending no se ha manifestado, pero sin duda se trata de un requerimiento que obligará a los operadoras a rediseñar su oferta para determinados espacios y buscar en el mercado formatos que se adapten a las máquinas.

Un quebradero de cabeza más para las empresas del sector, acuciadas como sucede en nuestro país, por políticas cada vez más exigentes con la calidad alimentaria de lo que se coloca en las expendedoras.

Parece que no se tiene en cuenta lo limitado del espacio en las máquinas y los inconvenientes que pueden generar en cuanto a ingresos si tienen poca rotación.

La propuesta de ley no especifica el espacio ni el porcentaje que se debería reservar, así que podría ser viable que simplemente se incluyera alguna opción. Esto sería lo más sencillo y lo menos impactante para los operadores italianos.

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