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Aprobación definitiva de la Directiva del tabaco mientras las ventas siguen cayendo

Aprobación definitiva de la Directiva del tabaco mientras las ventas siguen cayendo

HOSTELVENDING.com 17/03/2014.- El vending aguarda con preocupación la aplicación de la nueva Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los relacionados con el mismo.

El Consejo europeo la aprobó de manera definitiva el pasado viernes 14 de marzo, un texto bien conocido por la industria que ahora deberá ser traspuesto a las normativas nacionales en los dos próximos años.

En nuestro país se materializará en un Real Decreto que acogerá las nuevas restricciones a las que tanto temen fabricantes y distribuidores y, como no, operadores de vending con máquinas de tabaco. La reglamentación se ha abordado desde un único prisma, el de la salud, sin integrarse en una política global que también incluya los problemas a los que se enfrenta la industria y que pasan sobre todo por el negocio ilegal y las ventas que restan.

La proliferación de las ventas paralelas, ajenas a la ley, es la principal advertencia que se ha hecho desde la industria que sigue afectada por el descenso de la facturación y la pérdida de empleo que esto está generando.

Máquina de tabaco

El aspecto relacionado con la trazabilidad que incluye la Directiva se percibe como insuficiente. Se obliga a acatar las líneas del Protocolo para la eliminación del Comercio Ilícito, en el que se identifican todas las unidades y se garantiza la trazabilidad del producto en toda la cadena de suministro, con un dispositivo de seguridad que asegure la autenticidad del producto para continuar con la lucha contra el comercio ilícito de productos del tabaco y proteger los ingresos fiscales de los Estados miembros y los negocios legítimos, determinados por el estado de la tecnología.

La nueva Directiva va encaminada a que el consumo disminuya y la brecha se agrande. Recordemos que la Directiva aumenta el tamaño de las advertencias sanitarias y prohíbe la comercialización de ciertos productos como son los que incorporan aromas característicos, vitaminas, cafeína, taurina y otros aditivos asociados con energía y vitalidad, colorantes, aditivos que faciliten la ingesta o la inhalación de nicotina, y aditivos que tengan propiedades tóxicas, carcinogenéticas o mutagénicas.

Se mantienen los niveles máximos de emisión  de alquitrán en 10 miligramos por cigarrillo, de  nicotina en 1 miligramo por cigarrillo y de monóxido de carbono en 10 miligramos por cigarrillo, así como las referencias a los métodos analíticos.

Los fabricantes e importadores de productos del tabaco deberán presentar la lista de ingredientes, que elaborará cada fabricante por marcas y tipos individuales, incluyendo todos los ingredientes, los niveles de emisiones y cuando esté disponible, la información sobre otras emisiones y sus niveles.

La Comisión adoptará y actualizará la lista prioritaria de aditivos. Además, trabajará en la elaboración de una lista específica de saborizantes.

La Directiva también incluye una propuesta realizada por el Gobierno de España para que los Estados puedan prohibir las ventas a distancia transfronterizas de productos del tabaco a los consumidores. Asimismo, los que no prohiban dichas ventas exigirán a los establecimientos minoristas que tengan intención de realizar este tipo de ventas a consumidores de la Unión, que se registren ante las autoridades competentes del país en el que está situado el establecimiento minorista y en el estado miembro de residencia del cliente potencial.

Por último, también se regula el cigarrillo electrónico, equiparándolo en parte con el tabaco natural. En nuestro país ya se trabaja en su reglamentación.

Las expendedoras de tabaco se enfrentan a la nueva Directiva

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