Panorama legal actual: ¿Qué cambia (de verdad) en el unattended en 2025?

HOSTELVENDING.COM 2/05/2025.- Para los operadores y profesionales del sector, es momento de revisar el cumplimiento, anticiparse a los cambios y alzar la voz en el diálogo sectorial.
A medida que avanza la transformación digital en la industria del foodservice, también lo hacen las normativas que tratan de enmarcar dicha evolución (al menos, en la teoría). En este maremágnum legislativo de los últimos años, los profesionales de distribución automática deben estar atentos al transcurso de estas aplicaciones; algunas ya puestas en vigor; otras en fase de despliegue y varias en estudio.
Y para tratar de arrojar un poco de luz en esta materia, vamos a intentar analizar qué está en vigor, qué está por venir y qué se sigue interpretando sobre el ecositema del unattended foodservice.
1. Ley Antifraude y la actualización obligatoria de software y TPV
Una de las más sonadas estos días es la “Ley Antifraude”. A partir del 1 de julio de 2025, todos los negocios que emitan tickets o facturas -incluyendo operadores de vending con sistemas digitales- han de usar TPV y software de gestión certificados, que:
- No permitan editar tickets ni eliminar transacciones.
- Estén homologados siguiendo el reglamento de la Agencia Tributaria.
- Aseguren trazabilidad y transparencia.
De no cumplirse, la empresa o profesional se enfrentaría a sanciones de hasta 150.000 euros por software “no conforme”
Aunque muchos operadores ya están actualizando sus equipos, lo aconsejable sería verificar con distribuidores y proveedores que el sistema sea compatible antes del plazo marcado.
2. Ya no es obligatoria la autorización previa para instalar máquinas
Aunque esta normativa no es nueva, lo cierto es que, aún en 2025, continúa provocando dudas entre operadores; sobre todo en entornos públicos, turísticos o regulados a nivel local. Bien, esta norma, enmarcada en la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas, entraba en vigor octubre de 2023 (pero su implementación ha sido progresiva en algunas CCAA durante 2024).
Lo que implica es que ya no es necesaria la autorización administrativa previa para implementar e instalar máquinas expendedoras. Por tanto, bastaría con cumplir normas técnicas tipo de seguridad, accesibilidad o etiquetado, y la obligación de informar cuestiones como medios de pago, modo de uso, precios e identidad del proveedor.
3. Propuesta de ANEDA sobre un marco regulador propio del vending
En abril de 2024, Aneda pedía a nivel estatal un reconocimiento jurídico específico para la actividad del unattended, así como esclarecer normativas aplicables y divulgar la innovación en el sector. "No puede ser que el vending siga encajado a la fuerza en marcos pensados para tiendas físicas", explicaba la Asociación.
Sin embargo, por las últimas informaciones de las que tenemos constancia, la propuesta aún no ha sido aprobada, por lo que el diálogo institucional continuaría abierto; es decir, se mantiene en estudio por parte de grupos parlamentarios.
4. Nueva regulación sobre alimentos y bebidas en máquinas de centros educativos
Por otro lado, en materia de vending saludable, en marzo de 2025 se anunció el borrador del decreto sobre la Regulación sobre la tipología de productos de las máquinas automáticas ubicadas en centros escolares.
El Ministerio de Consumo limitará la comercialización de bebidas energéticas y productos con alto contenido de azúcar en los centros escolares. Así, el Ejecutivo pretende crear un marco regulatorio para los alimentos y bebidas disponibles en las máquinas expendedoras y cafeterías de los centros educativos. Estaríamos hablando de productos como refrescos azucarados y snacks salados, que tras esta regulación, podrían dejar de estar disponibles. La finalidad de esta medida es fomentar hábitos alimenticios más saludables entre los estudiantes.
Se estima que el decreto entre en vigor en el segundo semestre de 2025, y, lógicamente, afectará directamente a operadores que trabajen el canal educativo.