Restricciones a la venta automática de productos con alto contenido en grasa, sal y azúcar

HOSTELVENDING.COM 26/08/2022.- Si bien esta normativa ha sido ya anunciada por la prensa inglesa, la propuesta de introducción se ha retrasado hasta octubre de 2022, y el reglamento aún no se han publicado de manera oficial.
Como decíamos anteriormente en nuestra primera parte, en el caso del Reino Unido, están surgiendo diversas legislaciones que tienen una incidencia directa en la venta de alimentos y bebidas, también en la distribución automática.
En esta ocasión, nos centraremos en dos: la Normativa sobre la promoción de productos con alto contenido en ingredientes como la sal, el azúcar o la grasa; y la normativa sobre el etiquetado de alimentos preenvasados para su venta directa.
En el caso de la primera, si bien su inicio se ha retrasado hasta octubre de 2022, podemos acceder al anteproyecto del reglamento en la web gubernamental británica. Puedes consultarlo clicando aquí.
El objetivo de la normativa es restringir la promoción de los productos HFSS (en sus siglas en inglés: con alto contenido en sal, en azúcar o en grasa), y su colocación en los lugares donde la gente hace cola para pasar por caja.
En lo que respecta a las máquinas automáticas, las bebidas calientes sí están incluidas en las FSS (fats, salt and sugars) y eso incluye, por ejemplo, el café con azúcar. También podría afectar al chocolate caliente, dependiendo si este está endulzado o no (ya sea con azúcar o edulcorantes).
Entonces, tal y como señalan desde la AVA, lo que se prohíbe son las promociones no rutinarias de venta, en concreto, aquellas que afectan al volumen (por ejemplo: compre uno y llévate otro gratis), o al precio (producto rebajado).
La normativa también prohíbe la colocación de estos productos cerca de las cajas, en el caso del retail. En ese sentido, como la legislación solo abarca los espacios de venta al por menor de más de 2.000 m2, el impacto de esta normativa sobre las venta automática debería ser mínimo.
Reglamento sobre el etiquetado de los alimentos preenvasados para la venta directa
Conocida como Ley de Natasha, esta legislación cambia las normas sobre el etiquetado de los alimentos preenvasados para la venta directa; es decir, productos como los que se venden en una panadería donde se elaboran para su venta en la tienda ese mismo día. Bajo el "Reglamento de Información Alimentaria a los Consumidores", estos productos no tenían que tener una etiqueta de alérgenos porque se pensaba que el consumidor podía obtener la información pertinente del vendedor.
Sin embargo, como aseguran desde la Asociación de la Distribución Automática Británica, los productos vendidos en máquinas expendedoras no entraban en esta exclusión; siempre han tenido que tener una información completa sobre los ingredientes, incluyendo la indicación de los alérgenos.
“Sería una buena práctica asegurarse de que productos como los sándwiches y los platos preparados se coloquen en las máquinas para que los consumidores puedan ver la información sobre los alérgenos antes de comprarlos”, indica la AVA.














