Sólo los bares situados en zonas sin puntos de venta podrán vender tabaco

Los bares y restaurantes que se encuentren en zonas o áreas donde no existan otros puntos de distribución de tabaco podrán conservar su autorización para vender este producto a través de máquinas de vending, según se desprende de un informe realizado por el Ministerio de Sanidad y Política Social en relación a la reforma de la ley antitabaco, sobre la que está trabajando el departamento que dirige Trinidad Jiménez.
Las conclusiones de este informe, al que ha tenido acceso la agencia EFE, supondría la confirmación de que el veto total de la nueva ley antitabaco, que se viene anunciando desde el Ministerio de Sanidad, sólo vetaría fumar en los espacios públicos cerrados, especialmente bares, restaurantes y locales de ocio, sin que esta prohibición resulte absoluta cuando se refiere a la venta a través de expendedoras.
No obstante, queda por definir la extensión de esas "zonas o áreas" donde no existen otros puntos de distribución de tabaco, en aras de saber cuantos locales se quedarían fuera de esta autorización.
La cuestión es de vital importancia para muchos de estos locales hosteleros. Según diversas estimaciones, estos establecimientos reciben unos ingresos extras de 5 céntimos por cajetilla, que sumarían alrededor de 3.000 euros al año.
En este sentido, esta nueva directriz supondría una regulación más restrictiva de lo que en un principio esperaba la industria del vending, tras varias manifestaciones realizadas desde el Ministerio de Sanidad en las que se deducía que no habría restricciones a la venta de tabaco a través de expendedoras y que el veto sólo afectaría al acto de fumar en locales cerrados.
En todo caso, el informe no es vinculante y está por ver cuál será la redacción definitiva del borrador de la nueva ley, que podría hacer su presentación ante el Parlamento el próximo mes de junio.














