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Verdades y mentiras sobre el vending saludable

Verdades y mentiras sobre el vending saludable

Vending saludable como una inversión y no para buscar la rentabilidad inmediata: experiencia de Selecta

¿Es saludable todo lo que se vende en el vending como saludable? Es una pregunta que se hacen muchos consumidores y que nos han trasladado en muchas de las noticias que hemos elaborado sobre este tema en nuestra revista, que no han sido pocas.

El consumidor está cada vez más informado y no pretende dejarse engañar, por lo que todo aquello que no se está haciendo bien y que quiere presentarse como una alternativa a los productos tradicionales (propuestas de impulso que buscan la satisfacción del momento) pone en duda la credibilidad de la industria y, lo que es peor, empaña el buen trabajo que se está haciendo desde muchas empresas operadoras.

Y es un gran esfuerzo porque la venta automática es un canal que, por lo limitado de la oferta y lo asociada que ha estado siempre a una alimentación insana, no ha estado siempre preparado para variar sus propuestas alimentarias y apostar por producto fresco y natural. Los impedimentos están en la propia logística del negocio y también en el imaginario colectivo del consumidor que cuando acude a una máquina lo hace buscando los productos que normalmente se ha estado encontrando en ella, esto es, snacks de chocolate, bebidas azucaradas, dulces…

Sin embargo, las preferencias de consumo siguen cambiando y el usuario persigue una oferta más variada y que permita opciones más saludables. Así lo pone de manifiesto la tercera edición del estudio ‘El usuario de máquinas de vending’, encargado a y elaborado por la Asociación de Fabricantes y Consumidores, AECOC ShopperView, y patrocinado por Mastercard.

El canal ha recogido el guante y de manera tanto individual, por parte de las empresas, como colectiva, por medio de la Asociación de Distribuidores Automáticos de España, se está tratando de modificar parte de esa oferta que tanto se critica desde los foros nutricionistas. Se trata de dar una respuesta al ciudadano pero también de adecuarse o adelantarse a los cambios regulatorios que se han ido sucediendo en los últimos dos años y que van a seguir endureciéndose de aquí a lo próximos meses.

Vending saludable

 

¿De qué hablamos cuando hablamos de vending saludable? 

Es la primera pregunta que nos debemos hacer y aun teniendo respuestas de agentes muy diversos, no hay un consenso para enfocar una definición. Desde la industria se defiende que no se puede hablar de un vending saludable en general, ya que son los productos los que deben definir la oferta y, por sí mismo, no se deben calificar como saludables porque “de lo que debemos hablar es de alimentación equilibrada”, como nos explica Luis Moreno, miembro de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Nutrición.

“No hay nada intrínsecamente bueno o malo. Nosotros en el lenguaje científico-académico no hablamos así, sino que nos inclinamos por utilizar términos como alimentos de alta densidad nutricional, elevada densidad calórica, etc.”, manifesta Moreno.

Sin embargo, hay profesionales de la nutrición que sí se atreven a definir de manera más detallada el vending saludable, al menos por contraposición al #malvending, un concepto que ha acuñado un grupo de estudiantes del Grado de Nutrición Humana y Dietética de la Universidad Pablo de Olavide, en Sevilla, junto a la Asociación de Diestistas-Nutricionistas Universitarios.

A través de su campaña ‘Cambiando el Vending’ no tienen problemas en identificar qué productos se venden como saludables y no lo son y en aplaudir las buenas iniciativas que, como destacan, no son muchas. Cuando hablamos con Borja Caballero, portavoz del colectivo, tienen muy claro que una Coca-Cola Zero no es un producto saludable por muy poco azúcar que lleve. Lo mismo sucede con snacks como los frutos secos, adecuados sin son crudos o tostados, no recomendables si están fritos.

Acercándose aún más al concepto, para calificar una experiencia como positiva y alcanzar una buena nota en las infografías que elaboran hay que decantarse directamente por alimentos frescos (frutas, verduras, frutos secos crudos o agua) o mínimamente procesados (chocolate con alto porcentaje de cacao, yogures, platos preparados…).

De la misma opinión es Carlos Méndez de Fru & Tube, una compañía que irrumpió hace poco en el vending y cuya propuesta se centra exclusivamente en la fruta y ahora en una gama de frutos secos que ha incorporado para completar la oferta. “Si de verdad queremos que se tome el vending saludable en serio, tenemos que ser honestos en lo que ofrecemos”, sentencia.

Y nos habla desde la experiencia no solo de una empresa que creó un producto específico para vender fruta en el canal, sino de un distribuidor que se ha convertido en operador por la tímida apuesta que han realizado los operadores por este formato, de los pocos 100% saludables que hay en el mercado.

“Selecta ha sido la empresa que más ha apostado por nosotros y además ofrece la fruta al precio recomendado, lo que le permite realizar muchas ventas. También se puede ver en empresas como Easy Vending o Alliance Vending. Pero se sigue teniendo miedo a que sea un producto que no se venda o que deje márgenes muy escasos. La industria todavía no ha asumido que la mejor manera de incentivar el consumo de estos alimentos es hacerlos accesibles”, reivindica el fundador de esta empresa que ya ha conseguido posicionarse en un buen número de universidades y empresa, vendiendo unos 20.000 de sus tubos de frutas en la Universidad de Móstoles a lo largo del pasado curso.

La rentabilidad o la falta de ella más bien es el principal problema de los operadores. Los productos frescos se encarecen en demasía en las máquinas porque todo su tratamiento es algo más complejo para la cadena del vending y además las opciones atractivas para el consumidor son escasas. Aquí encontramos el otro gran problema: una oferta variada y que atraiga al consumidor sin más reclamo que el propio producto.

Vending saludable“Hay grandes carencias a la hora de presentar alimentos como las verduras y el pescado, incluso la fruta más allá de la forma natural. Las empresas no han tenido interés en invertir en esto y eso se nota. Ahora sí está cambiando la tendencia y por ejemplo desde la Federación se trabaja con dos sectores para lograrlo”, nos adelanta el profesor Luis Moreno. Un ejemplo lo pudimos ver en el Congreso de la FEÑ con una empresa que a través de la impresión 3D fabrica tenedores que se pueden comer.

Por otra parte, la industria defiende su derecho a ser un canal en el que se pueda vender de todo, como ocurre en el resto (tiendas de conveniencia, lineal, etc.). Se apela al consumo informal o los momentos de consumo en los que se elige el vending que, no necesariamente tiene que tener en cuenta las necesidades de una alimentación equilibrada del consumidor, o así al menos lo manifiesta Raúl Rubio, presidente de Aneda en la entrevista que recogemos en este número.

A vueltas con la Estrategia NAOS

Para ayudar en esa identificación de los productos saludables, el vending y otras industrias no están dudando en acudir a la Estrategia NAOS. Lo hacen como referencia las empresas y también las administraciones públicas que en las licitaciones y concursos que implican la instalación de máquinas expendedoras la mencionan expresamente al incluir unos valores específicos para la composición de los alimentos y las bebidas.

La Estrategia NAOS supuso un antes y un después para el vending y ahora sus referencias todavía se siguen tomando como ejemplo para determinar qué producto se puede calificar de saludable y cuál no. Es así porque su contenido se fijó directamente en la venta automática realizando una serie de recomendaciones dentro del Documento de Consenso sobre la Alimentación en los Centros Educativos para la oferta alimentaria en máquinas expendedoras.

Como nos informan desde el Ministerio de Sanidad, los criterios nutricionales establecidos para los alimentos y bebidas presentes en máquinas expendedoras, cantinas y quioscos en los centros educativos, recogidos en el Documento de consenso sobre la alimentación en los centros educativos, perseguían promover el consumo de alimentos y bebidas considerados saludables (frutas, hortalizas y productos ricos en calcio y fibra) y limitar el consumo de determinados nutrientes (sal, grasas y azúcares) y “se basaron en los establecidos por organismo e instituciones científicas que habían realizado algunos trabajos parecidos (como el Instituto de Medicina de la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos, la Agencia Inglesa de Seguridad Alimentaria)”.

“Son recomendaciones que se hicieron en su momento y que se mantienen ahora porque todo lo que sea acercarse a esos valores es positivo. Que la administración exija tenerlo como referencia también es algo que contribuye a mejorar la oferta”, destaca el profesor Moreno que insiste en que son cantidades razonables que requieren ser mejor informadas al consumidor para que este elija en consecuencia.

“Evidentemente cuantas menos calorías y valor nutricional mejor”, una afirmación que enlaza con aquellos que consideran que los valores máximos que se recogen, tratados de manera independiente, pueden llevar a engaño, un engaño que denuncian determinadas empresas del ámbito alimentario en sus competidoras.

El establecimiento de estos criterios así como la elaboración de todo el Documento de Consenso sobre la Alimentación en los Centros Educativos fue fruto del trabajo conjunto de la AECOSAN y las Consejerías de Sanidad y de Educación de las diferentes CCAA con el objetivo de adoptar una armonización en todo el territorio nacional de las condiciones que debían cumplir la alimentación en los comedores escolares y las características nutricionales de los menús y los alimentos y bebidas ofertados en los centros educativos.

Todos los argumentos técnicos que justifican estos criterios se encuentran detallados en el anexo III del documento de consenso (páginas 16 y 17 y éste fue revisado antes de su aprobación por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud por las sociedades científicas españolas de nutrición, alimentación y dietética reunidas en la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (FESNAD) y por la Fundación Española de la Nutrición, las Asociaciones de madres y padres de alumnos (CEAPA Y CONFAPA), la Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS), la Asociación Española de Alérgicos a Alimentos y Látex (AEPNAA) y la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE.)

Esta línea de trabajo adquirió, respaldo legal a través de la Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición, de 5 de julio, que en su artículo 40 establece medidas especiales dirigidas al ámbito escolar en la línea expuesta en el documento de consenso sobre alimentación en centros educativos.

Vending saludableEl Documento de consenso sobre la alimentación en los centros educativos se elaboró para todo el territorio nacional, pero “su aplicación es voluntaria puesto que no es una normativa, es competencia directa de las autoridades sanitarias y educativas de cada una de las Comunidades Autónomas, a quienes les corresponde decidir de qué manera van a aplicarlo en su territorio, bien promulgando una norma autonómica o bien introduciéndolo en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos que se establezcan para los comedores escolares, así como supervisar su cumplimiento”, nos aclaran desde el Ministerio.

Es por tanto labor de la inspección sanitaria de las CCAA o las autoridades competentes en esta materia que deben actuar en función del procedimiento de seguimiento del cumplimiento de los criterios que tengan establecido bien por norma legislativa o cuando realizan los contratos con los proveedores de servicios, incluyendo en los pliegos de prescripciones técnicas de estos contratos las características nutricionales que deben cumplir los alimentos y bebidas ofertados en los centros escolares.

“Las inspecciones se realizan en lugares como los comedores escolares, pero es cierto que puede haber carencias de recursos personales y materiales para llevar esa labor a toda la industria”, afirma el profesor de la Federación Española de Nutrición. 

Regulaciones cada vez más restrictivas

La Estrategia NAOS marca los límites de la implicación voluntaria de las empresas, pero en algunas Comunidades Autónomas ya no basta con esto. Tampoco con el Plan de colaboración para la mejora de la composición de los alimentos y bebidas y otras medidas 2017-2020 al que se ha adherido el vending. “Desde la Federación pensamos que esta es la vía que hay que seguir y un ejemplo son los avances que se han logrado en relación a la cantidad de sal en los alimentos que se ha ido reduciendo tras el compromiso adquiridos por los fabricantes de alimentos”, afirma Luis Moreno.

En determinadas regiones se pide más inmediatez y por eso han empezado a proliferar la regulaciones propias. El caso más sonado ha sido el de la Comunidad Valenciana que el pasado 15 de junio aprobó el Decreto que regula la alimentación en los espacios públicos.

El vending se ve afectado de lleno con una serie de imposiciones encaminadas a fomentar el vending saludable en la oferta de todos los espacios públicos.

La nueva normativa establece una serie de requisitos sobre qué tipo de alimentos podrán contener las máquinas expendedoras ubicadas en los centros de titularidad pública.

En este sentido, dichas máquinas podrán contener los siguientes productos: agua envasada, leche desnatada o semidesnatada, yogures y otras leches fermentadas bajos en grasa y sin azúcar añadido, panes integrales, fruta fresca, frutos frescos no fritos y bajos en sal, refrescos sin azúcar añadido, zumos de fruta, platos a base de vegetales frescos y sopas vegetales frías.

Asimismo, se permitirá la incorporación de otros productos siempre que cumplan con una serie de criterios nutricionales. Entre dichos requisitos cabe destacar algunos como que la porción envasada o comercializada no contenga más de 200 kcal, que no contengan ácidos grasos trans, que el 30% como máximo de las kcal procederán de los azúcares totales 8g/100ml, o que contengan un máximo de 0,5 gramos de sal (0.2 gramos de sodio).

Finalmente, otro aspecto que se regula es la incorporación de productos apropiados para personas con intolerancia al gluten. Además, en las máquinas expendedoras de bebidas calientes siempre existirá la opción de regular el contenido de azúcar.

Reincidiendo en los objetivos de la Estrategia NAOS para la alimentación en los colegios, las Islas Baleares también ha elaborado un Decreto propio para prohibir la venta de bollería y refrescos en las escuelas, algo que ya está regulado a nivel estatal. En este caso destaca que se extiende al ámbito universitario, sanitario y público donde se restringe la venta de alimentos ricos en azúcares y poco saludables.

Vending saludableLa idea es que tanto las cantinas de la UIB como las máquinas expendedoras de comida y bebidas de los centros de salud y dependencias administrativas de la Conselleria no puedan dispensar más de un 30% de estos productos considerados poco saludables. Así, el futuro decreto de alimentación saludable establecerá que al menos un 70% de los alimentos y bebidas que se ofrezcan en estas dependencias lo sean.

"Basta con cambiar una bolsa de patatillas por una bolsita de almendras para mejorar la oferta", explicaba la medida la consellera de Salud, Patricia Gómez.

En Madrid también se han presentado iniciativas parecidas. Por ejemplo, la impulsada el pasado 10 de mayo por Podemos y que engloba toda la compra pública alimentaria, que debe ser saludable y sostenible, a través e la regulación de todos los contratos de carácter administrativo efectuados por los organismos y empresas que tienen potestad para impulsarlos y que se centra en la adquisición de bebidas o productos alimentarios.

El artículo 20 se reserva exclusivamente para todo lo relacionado con las máquinas expendedoras y otras formas de suministro de alimentos. La principal obligación será la de promocionar los alimentos saludables en los edificios públicos, sobre todo, en los centros docentes y los relacionados con la salud.

En los de carácter más general, se trata de incluir oferta propia de una dieta saludable, y centrándose con más detalle en los colegios y los centros sanitarios y de promoción deportiva, se amplía a vender comida 100% saludable, negando la posibilidad tanto a alimentos ultraprocesados como a comida y bebida con alto contenido en azúcar y aceites refinados.

Vending saludableLas máquinas expendedoras de alimentos envasados y bebidas, instalarán y mantendrán operativa una fuente de agua potable y de acceso gratuito, ya sea integrada en la máquina distribuidora o en una distancia de hasta dos metros de estas. Las puentes deben tener la leyenda “El agua es la bebida más saludable y sostenible”.

Empieza a ser una práctica común que, evidentemente y tal y como están evolucionando otras normativas también a nivel europeo, se va a terminar extendiendo a todo el territorio nacional, con lo que el vending y las fuentes de agua van a tener que asumir una nueva relación para lograr un beneficio mutuo.

Siguiendo con el análisis de la proposición, las bebidas refrescantes siguen en el punto de mira y tendrá que reducirse su presencia en las máquinas sin que puedan sobrepasar el 30% de la oferta, estando además debidamente señalizadas. Este punto se complementa con la necesidad de contar con “un 20% de opciones de zumo de fruta sin azúcar añadido y siempre deberán ofertar agua”.

Una vez más se impulsa el consumo de fruta , frutos secos y lácteos que se deberían extender, de aprobarse la propuesta de ley, hasta el 50% de la oferta, debiéndose colocar en las zonas más visibles de la máquina. Como sucede con los refrescos, los alimentos con alto contenido en azúcar (se entienden snacks y bollería), tampoco podrán constituir más del 30% del total.

Comercio JustoPor último, se recoge un apartado dedicado al comercio justo. Así, se apuesta por reservar el 50% de la oferta del café y el té a este tipo de productos, debidamente acreditados. Asimismo, se hace referencia a la necesidad de proveer bebidas de origen vegetal para completar.

De las normativas a los impuestos

Un segundo escalón lo representan las tasas extraordinarias que gravan determinados alimentos azucarados. Son una realidad en nuestro país ya que lleva un año aplicándose en Cataluña, pero podrían seguir extendiéndose a pesar de que se encuentra recurrido en los tribunales.

Siguiendo el ejemplo de países como México, Chile, Portugal, Reino Unido, incluso EEUU, la propuesta ya ha llegado al Congreso a través de una Proposición No de Ley por parte del grupo parlamentario de izquierdas. Pone como ejemplo la comunidad que ya lo aplica, afirmando que tras un año en vigor, la tasa del azúcar ha funcionado, y lo ha hecho mucho mejor que las previsiones más optimistas. Cita "dos estudios independientes" que "ofrecen datos contundentes que lo corroboran". Aún así, se reconoce que "una medida aislada que tan solo establezca una tasa sobre el azúcar no logrará revertir la situación ni atajar las consecuencias de una mala alimentación".

La propuesta es "instaurar y hacer efectivo un nuevo gravamen, sobre bebidas azucaradas envasadas" que tenga en cuenta el respeto de las competencias de las comunidades autónomas y circunstancias como "establecer el gravamen de manera progresiva por tramos en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 ml".

Añade que debe ser una tasa sobre la totalidad de las bebidas azucaradas disponibles en el mercado y pide que se analice la posibilidad de que parte de los importes recaudados se destinen a programas de educación nutricional y programas de prevención de los riesgos de una alimentación inadecuada.

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