Voces institucionales y políticas se levantan contra la legislación sobre "claims" de la UE

Miembros del Parlamento Europeo y varias instituciones han mostrado su disconformidad con la actual regulación de la Unión Europea sobre "claims" de salud (reclamos publicitarios en base a las propiedades nutritivas de los productos).
En una reunión celebrada en Bruselas, el pasado 2 de junio, y presidida por los diputados europeos Jules Maaten y Karin Riis-Jorgensen, representantes institucionales y políticos expusieron sus quejas por las restricciones implantadas, fundamentalmente, en el campo de la investigación y el desarrollo, y por su "arbitrariedad" a la hora de determinar dichos claims.
En contra del I+D
En declaraciones publicadas por Foodnavigator.com, el Dr. Ivan Baines, del Instituto alemán Max Planck, dijo que "la regulación en su forma actual está actuando de elemento disuasorio para la I+D en Europa. Esto podría desplazar el desarrollo de nutrientes importantes, además de cerrar la puerta a la competitividad europea en nutrición, bienestar y salud".
Asimismo, el diputado holandés del Parlamento Europeo, Jules Maaten, avisó de que hay demasiados problemas alrededor de esta legislación y que, por lo tanto, era necesario abrir un tiempo de reflexión sobre la misma.
Con la nueva regalmentación sobre claims, que entró en vigor el 1 de julio de 2007, se pueden usar aquellos claims relativos a nutrientes y salud permitidos en el Reglamento, siempre y cuando el operador cumpla ciertas condiciones generales. Únicamente si estos claims son nuevos, precisarán pasar por un proceso de autorización para poder completar la lista de aquéllos ya permitidos.
Marco jurídico
En una entrevista exclusiva concedida a Hostel Vending, Robert Madellin, Director General de Salud y Consumidores de la Comisión Europea, recordaba que los solicitantes de nuevos claims "necesitan demostrar y sustentar la virtud publicitada, además de clarificar bajo qué condiciones pueden tener un efecto beneficioso para la salud".
Los solicitantes son remitidos a la autoridad competente de cada Estado Miembro, la cual los remitirá a continuación a la EFSA, para su evaluación. La Comisión, tomando en cuenta la opinión de la EFSA, aprobará o rechazará este reclamo.














