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Papel mojado: así ha quedado la Ley de Salud Pública tras derribar la “cuota saludable” para vending

Papel mojado: así ha quedado la Ley de Salud Pública tras derribar la “cuota saludable” para vending

El mercado de los frutos secos y snacks mantiene su crecimiento

HOSTELVENDING.com 25/02/2019.- Más que “lentamente”, los cambios legislativos para la promoción de una vida saludable parece que nunca van a llegar. Tras la marcha atrás de las Islas Baleares en la promoción de una oferta saludable para el vending, la Comunidad de Madrid va por el mismo camino de retractarse y pasar de “obligatorio cumplimiento” a “recomendable”.

La normativa, conocida como el Anteproyecto de Ley de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, ha pasado recientemente su aprobación en el Consejo de Gobierno, y ahora está a la espera a que los distintos grupos parlamentarios la aprueben en la Asamblea de la Comunidad de Madrid.

Según el texto, al que ha tenido acceso Hostelvending, desde las administraciones públicas se promoverá “que los expositores y máquinas de venta automática de alimentos reserven un porcentaje de la superficie del expositor para alimentos nutricionalmente saludables como fruta, verduras, frutos secos, leche y yogurt”.

Como podemos ver, el Consejo de Gobierno de Madrid ha optado finalmente por hacer desaparecer la obligación de que las máquinas de venta automática reserven "al menos" un 30% de sus productos a alimentos "saludables", como fruta, verduras o lácteos. En otras palabras: ya no existirá una “cuota saludable” para las expendedoras.

Por el contrario, la nueva  normativa propuesta únicamente se postula a la hora de “promover” que los operadores de vending puedan variar su oferta e incluyan otro tipo de alimentos más saludables, como pueden ser frutas, verduras, frutos secos, leche y yogurt.

Al mismo tiempo, también evitan pronunciarse en lo que respecta a los centros sanitarios, educativos o deportivos, donde inicialmente cabría esperar la imposición de la cuota saludable.

Esta rectificación del texto original puede achacarse a la actividad lobística de ANEDA, que en 2018 presentó sus alegaciones y solicitó la retirada de la cuota saludable al considerar “improcedente” el exigir a los operadores un porcentaje de productos que no tienen por qué traducirse en ventas.

Durante el mes de diciembre, el Lobby del vending era optimista en cuanto a esta rectificación y, finalmente, parece que se ha consumado. Eso sí, a costa de dejar el documento en algo meramente simbólico. Con los últimos cambios propuestos, la Ley de Salud Pública no es más que papel mojado.

 

Promoción de una vida saludable

El vending se escapa de la normativa, aunque no era ni mucho menos los únicos afectados. De acuerdo con lo establecido en la legislación básica estatal y en esta ley, las entidades locales, sin perjuicio de las competencias de las demás administraciones públicas, tendrán algunas responsabilidades adicionales.

Así, los centros educativos que presten el servicio de comedor, contarán con menús equilibrados y saludables, orientados a la prevención del sobrepeso infantil y juvenil. Para la consecución de este objetivo dichos establecimientos podrán solicitar el asesoramiento de los servicios de salud pública de la Comunidad de Madrid.

También se potenciará la colaboración voluntaria de establecimientos y servicios para evitarlas actividades que promocionen el consumo irresponsable o indiscriminado de alimentos o bebidas, como las denominadas “barras libres” de bebidas alcohólicas y/o bebidas azucaradas, las denominaciones “XL”, “extragrande”, “maxi” o cuantas se refieran al gran tamaño de las raciones de alimentos y bebidas, en aras de la protección de la salud de los madrileños, especialmente de los menores de edad, y de la prevención del sobrepeso y de la obesidad.

Supuestamente, y con todo esto, la Comunidad de Madrid establecerá en un Plan las líneas esenciales de lucha contra la obesidad y el sobrepeso, en el que se incluyan las acciones coordinadas de las diversas administraciones en el ámbito sanitario, educativo y social, para prevenir el sobrepeso y la obesidad, favoreciendo el trabajo intersectorial bajo la coordinación de la administración sanitaria.

 

Fuentes de agua y accesibilidad

Otro punto del texto es la promoción del acceso al agua potable sin coste para los ciudadanos en los edificios públicos o privados destinados a uso público. Sin embargo, el anteproyecto tampoco explica cómo se efectuará dicho acceso, por lo que queda abierta la puerta a que los operadores puedan ofrecer las fuentes de agua como parte del equipamiento para ganar licitaciones públicas.

Finalmente, también se asegurará la accesibilidad sensorial, para que las personas con diversidad funcional o discapacidad, así como los ciudadanos de otras culturas, puedan comprender los mensajes esenciales de alerta, precaución y el conjunto mínimo de información que asegure el servicio público, mediante las versiones multilingües, para ciegos y de lectura fácil.

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