Competencia aboga por liberar a las expendedoras para la venta de cigarrillos electrónicos

HOSTELVENDING.com 04/01/2016.- El pasado 30 de diciembre, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia publicó su informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regulan la fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados, un documento en el que critica las restricciones iniciales impuestas.
Más concretamente se refiere a que las limitaciones, “aunque derivan en buena medida de la normativa europea, constituyen barreras a la entrada de nuevos operadores”. “Tales restricciones no están debidamente justificadas en cuanto a su adecuación a los principios de regulación económica eficiente y mínima distorsión competitiva” y por ello se anima a los reguladores a mejorar el análisis de impacto previo a la elaboración de la norma bajo las consideraciones anteriores así como a profundizar en la transparencia del proceso.
El documento incide en la necesidad de abrir la comercialización a todos los ámbitos, incluidos las máquinas expendedoras como fórmula para la entrada de nuevos agentes y, por tanto, para mejorar la competencia en contra del monopolio o las ventajas que puedan obtener las empresas relacionadas con el tabaco.
“La distribución y venta minorista de productos del tabaco se siguen reservando en exclusiva a determinados establecimientos -estancos y puntos de venta con recarga-. Si bien se trata de restricciones ya previstas en la normativa vigente, constituyen una restricción a la entrada de operadores y un blindaje a los operadores. Se recomienda, en la línea de lo ya advertido previamente por esta CNMC, reconsiderar estas restricciones y, en especial, el mantenimiento del monopolio en la distribución minorista del tabaco dado la débil justificación con que cuenta”, argumenta.
Además señala que en relación con los productos relacionados con el tabaco y, en concreto, los dispositivos de liberación de nicotina, este Proyecto de Real Decreto reserva igualmente su distribución y venta minorista a determinados establecimientos: estancos, farmacias, parafarmacias y tiendas especializadas, prohibiéndose la venta a distancia y en máquinas expendedoras.
En este sentido, la Comisión recomienda eliminar la reserva y prohibiciones que prevé o, en su caso, justificar de acuerdo con los principios de regulación económica eficiente la racionalidad de estas medidas.
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