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Murcia veta los alimentos con altos contenidos en grasas y azúcares en las expendedoras

Murcia veta los alimentos con altos contenidos en grasas y azúcares en las expendedoras

HOSTELVENDING.com 20/03/2017.- Murcia sigue los pasos de Andalucía, Madrid o País Vasco para limitar la oferta de productos alimentarios en las expendedoras. Lo hace comenzando por los centros sanitarios con una medida que pretenden ponerse en marcha en los próximos meses.

Como ya han hecho otras regiones, el objetivo es limitar alimentos y bebidas con altos contenidos en grasas y azúcares, por lo que se verían afectados principalmente los artículos como los refrescos o la bollería industria o los snacks a base de chocolate, que representan el grueso de las ventas en este canal.

Sin una normativa que armonice las reglas a nivel nacional en esta materia, cada comunidad impone sus políticas de salud pública apuntando en gran medida a dibujar una oferta más variada y saludable, sobre todo, en los espacios públicos.

Ya lo advertíamos cuando hablábamos de las tendencias legislativas que nos vienen, un endurecimiento de las condiciones que deja al vending en una situación muy vulnerable, al tener una oferta muy limitada por cuestiones de espacio.

En este caso, como ya han hecho los hospitales de Murcia y Andalucía, se trata de analizar qué productos se ofrecen en los hospitales y los centros de salud para sacar de las máquinas los alimentos con más grasas y azúcares, que tendrán que ser sustituidos por zumos, grutas, verduras o lácteos, cereales y frutos secos, siempre que no lleven azúcares añadidos, sean horneados, integrales, etc.

“Los productos ofertados en las máquinas expendedoras de bebidas y alimentos deberán cumplir las recomendaciones nutricionales que promueven una alimentación saludable”, afirman desde la Consejería de Salud de Murcia que comenzará con esta iniciativa en el Hospital Morales Meseguer para seguir con el resto de centros sanitarios.

Se partirá de una negociación con las empresas que ahora mismo explotan este servicio y que, cuando accedieron a el por concurso, no contaban con estas restricciones, que podrían repercutir directamente en los ingresos de los operadores.

Después es cuestión de ir incluyendo estos criterios en los pliegos de condiciones de los contratos y detallando exactamente qué cantidades son las adecuadas para poder vender determinados productos.

Es lógico que se inicie la experiencia en estas ubicaciones en las que hay que “dar ejemplo” y desde las que se combaten enfermedades directamente relacionadas con una mala alimentación. Pero una vez más se criminaliza a un canal que solo forma parte de la industria y de la oferta alimentaria en su conjunto por el hecho de aprovecharse de esa “conveniencia” que lo hace estar en estos espacios facilitando el acceso a los alimentos y las bebidas a los usuarios.

El vending slaudable se hace exigencia en los hospitales

 

Megabanner FRANKE Megabanner FRANKE
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