El Ministerio de Sanidad remitió ayer, 19 de noviembre, al Congreso el borrador de la nueva Ley de Seguridad Alimentaria, que entre otras medidas, pretende vetar la venta en colegios, a través de expendedoras, de productos con un alto contenido graso, en sal o azúcares.
La normativa pretende ser una herramienta para luchar contra la obesidad infantil, y por ello, además de retirar de las bandejas de las máquinas una serie de productos considerados "no nutricionales", incluye otras disposiciones como la prohibición de entregar regalos con el producto o censurar "la aportación de testimonios profesionales, sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo".
Esto supone, por ejemplo, que no volveremos a ver actores, presentadores o cantantes populares promocionando las calidades nutritivas de determinados productos alimenticios.
Disposición a debate en el sector
Hostel Vending se puso en contacto con el gabinete de prensa de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, desde donde se prefirió no realizar declaraciones mientras que la ley no aparezca claramente definida, puesto que "se trata aún de un anteproyecto de ley, que puede experimentar muchos cambios en el proceso hasta su aprobación".
El artículo que más influencia tendrá en el sector del vending es el 41.5 que, de momento, dice lo siguiente: "No se permitirá la venta de alimentos con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares sencillos, ya sea mediante máquinas expendedoras o en cantinas, bares o locales similares situados en el interior de los centros escolares".
Operadores consultados por Hostel Vending señalaron que la medida puede carecer de eficacia, y que beneficia a un segmento del comercio minorista en detrimento de otro, en base a la ubicación del punto de venta. De este modo, las mismas fuentes señalaron que los productos vetados podrán ser igualmente adquiridos en tiendas o kioscos próximos a los centros escolares.
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