La Junta detecta irregularidades en una de cada cuatro máquinas expendedoras

HOSTELVENDING.com 07/10/13.- A principios de junio, la Junta de Andalucía anunció la puesta en marcha de una campaña de inspección en máquinas expendedoras y establecimientos de comida preparada en las provincias de Jaén, Málaga y Sevilla para comprobar si cumplían con las condiciones de etiquetado de productos e información al consumidor que exige la legislación actual.
Todavía no ha concluido, pero ya conocemos los primeros datos de estos controles que se realizan de manera continuada durante todo el año, para seguir sensibilizando a fabricantes, distribuidores y a todo aquel que interviene en la cadena de comercialización de la importancia y obligatoriedad de cumplir con la legislación vigente en materia de etiquetado y composición de los alimentos.
De las visitas a establecimientos realizadas, Consumo ha detectado ciertas irregularidades relacionadas, sobre todo, con la información que se da al consumidor sobre la máquina y el contacto con los responsables de la misma en caso de querer realizar algún tipo de reclamación.
Por el momento, se han realizado 43 controles dentro de esta campaña, 15 en Jaén y 28 en Sevilla, abriéndose un total de 11 actas. Esto supone que una de cada cuatro máquinas no cumple con la normativa, un porcentaje todavía bastante elevado teniendo en cuenta que hablamos de leyes bastante antiguas como son el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas; del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y del Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.
Entre las irregularidades más relevantes están la carencia de todos los datos del responsable del abastecimiento y mantenimiento que deben figurar en el exterior de la máquina de manera fácilmente visible; la falta de la dirección postal; el hecho de no figurar visible la sede física o dirección postal donde la persona que desee presentar una reclamación o queja pueda tener acceso o solicitar la remisión de las hojas de quejas y reclamaciones, según el modelo que se establece en el Decreto 72/2008, o carecer del nombre de la persona o empresa responsable de la máquina.
Los tres primeros supuestos se dan en el 24% de las máquinas revisadas, mientras que la falta de identificación de la persona o empresa responsable se constata en el 7,3% de los casos.
Hay que destacar que todas las irregularidades se detectan en la provincia de Jaén, mientras que en Sevilla de las 28 actuaciones realizadas, ninguna se ha saldado con la apertura de un acta por parte de Consumo. Todavía queda por conocer el dato relacionado con la provincia de Málaga.
Según el artículo 4 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, las máquinas expendedoras de comida preparada siempre "estarán debidamente identificadas, indicando de forma claramente legible y fácilmente visible, en la parte exterior de la máquina, el nombre y dirección de la persona o empresa responsable del abastecimiento y mantenimiento de las mismas".
La Junta de Andalucía refuerza el control sobre las máquinas de vending














