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El CMT endurece el control sobre las máquinas expendedoras de tabaco: ni logos, ni publicidad

El CMT endurece el control sobre las máquinas expendedoras de tabaco: ni logos, ni publicidad

HOSTELVENDING.COM 28/05/2025.- El CMT advierte que no podrán figurar en las máquinas expendedoras de tabaco logotipos, slogans o elementos promocionales. 

El Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT) ha aclarado cualquier posible ambigüedad: las máquinas expendedoras no pueden plasmar elementos promocionales. Esto quiere decir que ni logotipos o mensajes sugerentes (tipo slogans) están permitidos, según recoge la última resolución a una consulta formal, publicada por infoestancos. 

Tengamos en cuenta que se trata de una normativa que afecta a cientos de PVRs (Puntos de Venta con Recargo) en todo el país que, y que quizás, sin saberlo, incurren en prácticas sancionables. 

De hecho, el CMT ha recordado que la normativa vigente -conformada por la Ley 13/1998, el Real Decreto 1199/1999 y la Ley 28/2005 contra el tabaquismo- es contundente y restrictiva. Así, la resolución no deja lugar a dudas: 

  • Solo se permite mostrar información para identificar los productos en los canales. 

  • No se permiten logotipos visibles, frases promocionales ni elementos de marketing. 

  • También es ilegal incluir publicidad de terceros operadores del sector. 

¿Está tu máquina al día? 

Tal y como indica la resolución, los operadores que ya tengan implementados elementos gráficos o comerciales deberán retirarlos inmediatamente. En caso de inspección, estos detalles podrían provocar importantes sanciones económicas. 

El propósito de esta medida es proteger a la población, con especial mención a los menores, de la exposición directa e indirecta a la promoción del tabaco, incluso si esta es sutil o pasiva. 

Un repaso por las actuales obligaciones 

Por tanto, y según regulación de las tres normativas principales (Ley 13/1998, Real Decreto 1199/1999 y Ley 28/2005), toda máquina dispensadora de tabaco ha cumplir con 4 requisitos: una autorización previa del CMT, colocar advertencias sanitarias claramente visibles, realizar o tener vigilancia presencial en el local, así como asegurar mecanismos validados para impedir el acceso de menores. 

Esta regulación afecta directamente a estanqueros, hosteleros y operadores de máquinas. Si tu máquina incluye pegatinas, carteles o cualquier mensaje que no sea puramente identificativo del producto, es el momento de retirarlos porque el Comisionado ha hablado, y cuando lo hace, mejor que lo escuchemos si queremos ahorrarnos la multa. 

Megabanner FRANKE Megabanner FRANKE
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