La justicia vuelve a proteger el contrato de Delikia Fresh con la Generalitat Valenciana
HOSTELVENDING.COM 19/05/2026.- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha vuelto a avalar el contrato concedido a la operadora gallega de productos para distribución automática Delikia Fresh, rechazando el recurso de la empresa valenciana especializada en máquinas expendedoras Vending Levante.
Esta concesión publicada en 2024 para “el servicio integral de máquinas dispensadoras de bebidas frías, calientes y productos de alimentación sólidos para una alimentación saludable en los edificios adscritos a la Conselleria de Sanitat”, y estimada en dos millones de euros, cuenta con seis lotes, de los cuales dos fueron para Delikia, estimándose su valor en 375.588 y 407.007, y uno para Vending Levante, según confirma el diario Economía Digital Galicia.
El primer intento
A finales de 2025, la compañía valenciana presento un recurso ante la Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras de la Consellería de Sanidad de la Generalidad Valenciana, argumentando que Delikia Fresh debía ser excluida del lote de menor importe ya que no cumplía uno de los requisitos establecidos en las condiciones del contrato.
Este requisito incumplido, según Vending Levante, consistía en la falta de incorporación de fichas técnicas de las máquinas expendedoras provistas con refrigeración por parte de Maxelga 93, sociedad propietaria de Delikia Fresh. Señalaban que dichas fichas técnicas no existían ya que no había sido aportadas y, por ende, se debió haber rechazado la propuesta de Delikia ante el incumplimiento de las prescripciones técnicas establecidas.
Denuncia que completaron incluyendo que Delikia no había indicado el tipo de refrigerante que había escogido para varias de sus soluciones tecnológicas y que una de las máquinas le habían asignado un valor GWP (Potencial de Calentamiento Global) por debajo del que realmente le correspondía. Este indicador mide el impacto de un producto sobre el efecto invernadero, en este caso el gas refrigerante de la expendedora, por lo que supone un punto importante a de cara a su instalación y funcionamiento.
El 18 de noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana decidió respaldar la concesión a Delikia Fresh bajo el argumento de que “los pliegos del contrato no exigen en ningún momento que se aporte las fichas técnicas de las máquinas, sino que se especifique o detalle cierta información, pero sin indicar el formato”, como recoge el diario gallego.
El TSJ añadió que, según estas mismas condiciones y requisitos, el hecho de que un licitador no aporte la documentación necesaria, o esta se encuentre incompleta, no infiere en un rechazo de la propuesta necesariamente. Este argumento, además, se vio respaldado por la jurisprudencia, en base a una sentencia de 2021 que probó que el órgano de contratación no tenía permitida la exclusión de las ofertas por no ajustarse a las previsiones.
No obstante, en un punto si le dio la Dirección General la razón a Vending Levante: Delikia debió haber recibido una puntuación nula en el criterio de adjudicación de gas refrigerante.
Segunda vez ante tribunal
Vending Levante no se rindió y presentó nuevamente un recurso para la exclusión de Delikia de ese lote menor este año, a los que incorporó un nuevo apartado: incumplimientos en la fase de ejecución del contrato como los precios máximos de sus artículos y la gestión de residuos.
En este caso, el TSJ afirma que, en caso de que alguno de estos incumplimientos resultará ser fundado, aplicaría las sanciones y penalizaciones correspondientes. Sin embargo, aclara que no les consta la existencia de incumplimiento alguno de Delikia en la ejecución de dicho contrato. Por tanto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana vuelve a avalar a Delikia y rechaza el segundo recurso presentado por Vending Levante.














